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Perú reanuda la pesca de calamar el 1 de octubre

Sep 29, 2025

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El Ministerio de la Producción de Perú (PRODUCE) anunció que reanudará la pesca del calamar gigante (Dosidicus gigas) a partir del 1 de octubre de 2025, con una cuota de 40.000 toneladas (que vence el 17 de octubre), y simultáneamente introdujo una serie de medidas de control.

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Reinicio de la pesca: 40.000 toneladas según signos de recuperación de existencias

El reinicio de la pesquería de calamar gigante, con una cuota de 40.000 toneladas incluida en el LMCTP de Perú para 2025 de 559.804 toneladas, se basó en una investigación del Instituto Peruano de Investigaciones Marinas (IMARPE), que confirmó que las poblaciones de calamar gigante se encuentran en una fase de reconstrucción y regresan gradualmente a su rango histórico, lo que requiere un manejo preventivo para garantizar una adecuada utilización de los recursos.

El Ministro de Producción señaló que la pesquería del calamar gigante sustenta las economías de miles de familias costeras, y este reinicio refleja tanto el estado actual de recuperación de las poblaciones como la protección de los medios de vida locales y el desarrollo de la pesquería. También establece claramente que se implementarán medidas para proteger a la población y su reproducción.

Control Integral: Regulaciones para Toda la Cadena de Suministro, Desde los Buques Pesqueros hasta la Navegación

A partir del 31 de diciembre de 2025, las regulaciones actuales se aplican principalmente a los buques pesqueros-de pequeña escala. Estas embarcaciones deberán operar exclusivamente con líneas de calamar y contar con licencias de pesca y permisos sanitarios vigentes. La pesca está prohibida para los buques que actualmente solicitan licencias.

1. Cada buque está limitado a una operación de pesca, con cuotas máximas de captura y franquicias basadas en la capacidad de carga de las bodegas. Además, se duplicarán las indemnizaciones para los buques equipados con un sistema de seguimiento por satélite válido (SISESAT).

2. Los buques pesqueros no equipados con SISESAT deberán registrarse antes del 29 de septiembre de 2025 y, antes de iniciar las operaciones de pesca, deberán informar la hora, lugar y fecha de su salida al Ministerio de la Producción utilizando los medios técnicos designados por la Dirección de Supervisión, Inspección y Sanciones de la Pesca en Pequeña Escala-(DGSFS-PA) del Ministerio de Pesca. Este deberá ir acompañado de un certificado de salida o documento similar de la capitanía del puerto correspondiente como prueba.

 

Protección y supervisión: una doble garantía de vedas de pesca y programas piloto

Para proteger el principal período de desove del calamar gigante, PRODUCE ha designado una veda de pesca a nivel nacional del 18 de octubre al 17 de noviembre de 2025. Durante este período, la captura, transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento de calamar gigante están prohibidos a menos que se pueda proporcionar documentación que demuestre que la captura ocurrió antes de la veda.

En el frente de monitoreo, PRODUCE lanzará un programa piloto "Defensores de la Sostenibilidad Pesquera", autorizando al personal a visitar los sitios de desembarco designados para ayudar a monitorear el cumplimiento de las cuotas y la trazabilidad de los recursos. El programa se implementará en colaboración con gobiernos locales y organizaciones de pescadores para fortalecer aún más la gestión sostenible.

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